El 17 de abril de este año se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara
de Diputados (número 3492-VI) una iniciativa de ley, presentada por la diputada
federal Cora Cecilia Pinedo Alonso, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza,
una de los siete legisladores federales de ese partido. La propuesta del PANAL,
y por lo tanto del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE)
está explícitamente orientada a generar una nueva institucionalidad para la
evaluación de la educación pública en México.
La iniciativa, respaldada por los siete diputados que integran la fracción
parlamentaria de Nueva Alianza, plantea una reforma de nivel constitucional, al
artículo Tercero, varias a la Ley General de Educación (artículos 12, 29 y 31),
y propone la expedición de una Ley del Instituto Nacional de Evaluación de la
Educación.
Al respecto conviene recordar que en la ceremonia del Día del Maestro del
pasado 15 de mayo, la lideresa del SNTE, Elba Esther Gordillo, señaló la
intención del gremio de promover una reforma jurídica para fincar la opción de
una “institución evaluadora de la educación y autónoma, ajena de la SEP y ajena
del SNTE”, es decir un INEE con autonomía de rango constitucional. A esa
posibilidad se refiere la reciente iniciativa del PANAL en el Congreso.
Lo más importante: la jurisdicción del INEE
La iniciativa presentada por la profesora Pinedo Alonso propone la adición de
cinco párrafos al Tercero constitucional. El primero de ellos establece como
facultad del INEE “la coordinación de la evaluación del sistema educativo
nacional correspondiente a educandos y educadores; autoridades educativas de
plantel; planes, programas, métodos y materiales educativos; instituciones
educativas del Estado y sus organismos descentralizados, instituciones
particulares, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de
estudios, que pertenezcan al tipo básico, medio superior educativo; así como la
referida a las instituciones de educación normal y demás para la formación y
actualización de maestros de educación básica.” Además de esta amplísima
jurisdicción en materia de evaluación educativa, la iniciativa agrega que los
resultados de las evaluaciones del instituto “serán vinculatorios para la
federación, estados, Distrito Federal y municipios, en el diseño e integración
de políticas públicas para elevar la calidad de la educación, en los términos
que establezca la ley.”
Mediante tal reforma, la SEP perdería la facultad exclusiva de evaluación
sancionada en la Ley General de Educación (artículo 12, fracción 12), y tendría
que coordinarse con el INEE para tales efectos. En cuanto órgano constitucional
autónomo, el instituto tendría plenas facultades de autogobierno y autogestión:
se prevé una Junta de Gobierno, cuyos integrantes serían aprobados por la Cámara
de Diputados a propuesta del Ejecutivo Federal. Uno entre los miembros de ese
órgano fungiría como presiente del instituto; su designación procedería por
votación de propios integrantes de la Junta.
Al asumir funciones plenas de evaluación el INEE, de acuerdo a la propuesta
del PANAL, dejaría de ser un instituto “para la evaluación”, es decir un órgano
auxiliar de la SEP en esa tarea, convirtiéndose en un instituto “de evaluación”.
Esto significa que se encargaría, además de llevar a cabo evaluaciones
específicas de tipo cuantitativo o cualitativo, de fijar los lineamientos de la
política de evaluación educativa del país, así como coordinar un sistema
nacional de evaluación, cuyo contenido y alcances se describen en la propuesta
de reglamento del INEE que acompaña la iniciativa.
Nueva estructura de gobierno
La propuesta de nuevo reglamento del INEE es muy amplia. Además del
articulado correspondiente a la operación del instituto, se agregan títulos
descriptivos y reglamentarios del sistema nacional de evaluación y sobre la
política pública correspondiente. Sobre la gestión y gobierno del organismo,
punto crucial de la iniciativa, se propone una Junta de Gobierno “integrada por
once miembros que serán postulados por el titular del Poder Ejecutivo y deberán
ser aprobados por la Cámara de Diputados o en sus recesos por la Comisión
Permanente del Congreso de la Unión” (Reglamento, artículo 11). La norma,
sorprendentemente, no especifica requisitos de perfil de los integrantes, salvo
que, al momento de su postulación “no deberán contar con participación en ningún
órgano del Estado o partido político, para garantizar la autonomía del Instituto
y la toma de decisiones que en el seno de la Junta de Gobierno se tomen respecto
a éste.” (ídem).
Se anticipa en la propuesta normativa que a la Junta de Gobierno concurrirán,
con voz pero sin voto, representantes individuales de la SEP, Hacienda, el SNTE
y el Congreso de la Unión. Además de la Junta de Gobierno, se prevé un Consejo
Técnico, básicamente con la composición y funciones del que actualmente opera en
el INEE y con Consejo Consultivo con representantes sociales y autoridades de
las áreas de evaluación de los estados.
Por cierto, la iniciativa del PANAL puede ser consultada in extenso en el
sitio web de la Cámara de Diputados, en la sección correspondiente a la Gaceta
Parlamentaria de la fecha.