Arranca este año, primero de la administración de Enrique Peña Nieto, con
favorables auspicios e inevitables responsabilidades para concretar, en los
hechos, la anunciada reforma educativa del sexenio.
Las modificaciones y adiciones a la Constitución en materia educativa
seguramente superarán la necesaria ratificación en los congresos de los estados.
Hasta ahora ninguno de los colegiados legislativos a que se ha sometido la
iniciativa federal ha dejado de aprobar las reformas, y es de esperarse que en
el término de unas cuantas semanas, éstas queden plasmadas en el texto
constitucional.
Sin embargo, ese momento no es sino el principio de la transformación
normativa anunciada. Resta por abordar, al menos, dos órdenes de regulación. El
primero, la Ley General de Educación (LGE) y el segundo las Condiciones
Generales de Trabajo (CGT) pactadas entre la Secretaría de Educación Pública
(SEP) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) desde los
años cuarenta.
Justo este año, el 13 de julio para mayor precisión, se cumplen veinte desde
la aprobación de la LGE a propuesta del presidente Carlos Salinas de Gortari.
Desde su promulgación en 1993 dicha norma ha sufrido más de un centenar de
modificaciones, algunas puntuales y otras de mayor calado, tal y como la
obligatoriedad del nivel preescolar y de la enseñanza media superior, o bien la
reforma de 2005 según la cual se obliga al Estado a aportar gasto sectorial al
menos el equivalente a un ocho por ciento del PIB.
La reforma constitucional implica, por necesidad, cambios en la LGE, pero hay
una disyuntiva: solamente plasmar en la norma secundaria los nuevos preceptos
constitucionales al añadir, por ejemplo, un capítulo sobre el sistema nacional
de evaluación, o bien aprovechar el viaje para una revisión integral de la norma
que determine, con la debida precisión, los alcances e implicaciones de la nueva
garantía individual para contar con una educación pública de calidad. No hay que
olvidar, por último, que cualquier reforma a la LGE deberá, posteriormente,
irradiar sobre las normas educativas de los estados lo que, seguramente, será un
tema de la mayor relevancia, política y educativa, en el futuro próximo.
Toda vez que los mecanismos y procesos de evaluación contemplados en la
reforma constitucional tienen una potencial repercusión laboral parece
inevitable considerar la opción de modificar las CGT suscritas con el gremio
magisterial. Aunque existe la posibilidad de evitar, por las posibles fricciones
políticas que conlleva, esta dimensión del orden regulatorio, también sería
riesgoso omitirla, sobre todo por la expectativa social desencadenada en el
sentido de que la reforma tiene como propósito principal restaurar la rectoría
del Estado en la gestión educativa del país.
También corresponde al área normativa la posibilidad de encarar, de una vez
por todas, las necesidades de planeación, regulación, coordinación y evaluación
de la educación superior. El capítulo de LGE al respecto es insuficiente, y
también lo es el contenido de la Ley para la Coordinación de la Educación
Superior. Es un déficit normativo a subsanar y se puede optar ya sea por una ley
de educación superior, o bien por un capítulo específico en la reforma de la
LGE. Pero de que es una tarea pendiente desde hace muchos años, lo es.
La reforma del artículo tercero constitucional todavía en trámite hace
mención del sistema nacional de evaluación, aunque no indica en qué consiste. Se
adjudica al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) la
tarea de coordinar sus actividades y definir las normas técnicas y los
estándares de evaluación que se apliquen. Pero ocurre que tal sistema nacional
es, como tal, todavía inexistente. Los órganos estatales de evaluación tienen
diversas estructuras, distintas funciones y atribuciones, así como muy diversos
grados de competencia técnica. La tarea de contar con una estructura uniforme en
todos estos aspectos, de cobertura nacional, se antoja monumental pero es
indispensable para afirmar las bases del sistema.
Quedan también por resolver las formas de coordinación requeridas para que
instancias de evaluación indispensables, las que operan para el bachillerato y
la educación superior del país, se integren a dicho sistema nacional. No es una
tarea simple, pero también es un tema relevante en esta dimensión de la reforma.
Otro pendiente inmediato es la transformación del INEE bajo la figura de ente
constitucional autónomo. Próximamente se integrará la Junta de Gobierno del
Instituto y se decidirá la nueva presidencia. Ahí comienza otra historia, cuyos
primeros pasos habrán de consistir en fijar las responsabilidades concretas del
organismo en materia de evaluación, los proyectos y programas a desarrollar, y
la distribución de competencias entre el Instituto, la SEP y las instancias de
evaluación de los estados. Tarea pendiente y prioritaria.
En este marco temporal, es decir el contexto de los próximos meses, el nuevo
gobierno está asimismo obligado a perfilar los lineamientos programáticos que,
en materia educativa, se deberán incorporar al Plan Nacional de Desarrollo y al
correspondiente programa sectorial. A través de estos dos documentos, sobre todo
en el segundo, se deberán asentar las definiciones de política pública de la
reforma. Es ahí y entonces cuando podremos juzgar los verdaderos alcances de la
voluntad de cambio.