Así como en el estado de Jalisco se otorgó a la educación media superior el
carácter de obligatoria, a través de la ley de educación de esa entidad
federativa, la norma correspondiente en el Distrito Federal, es decir, la Ley de
Educación del Distrito Federal, aprobada por la IV Legislatura de la Asamblea
Legislativa el 8 de junio de 2000, esto es, durante la gestión de Rosario Robles
Berlanga, generó, asimismo, condiciones para avanzar en el propósito de
universalizar la oferta y el acceso hasta este nivel educativo.
No obstante el propósito común, el diseño normativo adoptado en el DF es
distinto al de Jalisco. En esta entidad, como se comentó hace una semana, la
regla de obligatoriedad quedó plasmada en un enunciado bastante simple y
directo: La educación es un derecho fundamental del ser humano que tiene como
propósito su desarrollo integral. La educación primaria, secundaria y media
superior tienen carácter obligatorio y gratuito, en los términos de la presente
ley y las demás disposiciones aplicables. Atendiendo al derecho que tienen de
educar a sus hijos o pupilos, los padres o tutores están obligados a hacer que
cursen la educación correspondiente a estos niveles (Ley de Educación de
Jalisco, artículo tercero).
En cambio, en la Ley de Educación del DF la obligatoriedad del bachillerato
se desprende del contenido de varios artículos, sin que ninguno exprese
inequívocamente la condición de obligatoriedad de este nivel educativo. Para
comenzar, el artículo cuarto indica: El Gobierno del Distrito Federal tiene la
obligación de atender y prestar a todos los habitantes de la entidad educación
preescolar, primaria, secundaria y media superior, lo cual quiere decir que se
reconoce la obligación del gobierno de la entidad de contar con oferta educativa
suficiente hasta el nivel medio superior.
El artículo 52 de la misma norma establece atribuciones para cumplir con
dicha obligación. Al respecto se indica: Con el objetivo de garantizar la
enseñanza media superior para todos los solicitantes de este tipo de educación,
respetando los principios de igualdad, equidad y libertad de elección, el
Gobierno del Distrito Federal establecerá convenios con instituciones públicas
y, en su caso, privadas, que en el futuro la impartan. Además podrá establecer
sus propios planteles para ampliar la cobertura y satisfacer la demanda de los
habitantes del Distrito Federal.
Esta atribución se ha cumplido en ambos sentidos: el GCM ha firmado convenios
con las universidades federales, principalmente con la UNAM, para ampliar la
oferta educativa de media superior; además, se creó y se ha desarrollado un
sistema de bachillerato dependiente del gobierno de la Ciudad de México que en
la actualidad brinda servicios a cerca de 15 mil estudiantes.
Por último, los artículos 139 y 140 de la ley educativa del DF expresan los
derechos y obligaciones de los padres de familia en torno a la obligatoriedad de
la educación media superior. El 139 señala, entre los derechos de quienes
ejercen la patria potestad, el de obtener la inscripción escolar para que sus
hijos o pupilos menores de dieciocho años reciban la educación preescolar,
primaria, secundaria y media superior (
), y el 140 la obligación de hacer que
sus hijos o pupilos menores de dieciocho años cursen la educación preescolar,
primaria, secundaria y media superior, en las escuelas oficiales o particulares
debidamente autorizadas.
A partir de la promulgación de esta normativa, el GCM ha generado un conjunto
de iniciativas para aproximarse al objetivo de política pública enunciado en
términos de universalizar la educación media superior. Cabe citar, al
respecto, los programas de bachillerato general (presencial y semipresencial) y
bachillerato a distancia, el programa de formación y apoyo integral al docente,
y el programa Prepa Sí, que consiste en más de 200 mil becas de manutención para
evitar la deserción escolar de jóvenes en condición de pobreza.
El bachillerato general, coordinado por el Instituto de Educación Media
Superior (IEMS) del DF, está integrado por 17 planteles del sistema de
bachillerato de la Ciudad de México, cada uno con capacidad de hasta mil
estudiantes. En éstos se ofrece, además, la opción de cursar el bachillerato por
una vía semiescolarizada, apoyada con servicios específicos de asesoría a los
estudiantes.
El bachillerato a distancia, cuyo currículum y sistema de operación fue
diseñado por la UNAM, ha emitido dos convocatorias (2007 y 2008). En la primera
se registraron 924 aspirantes y en la segunda 7 mil 791. En la actualidad se
cuenta con 28 sedes delegacionales para atender al alumnado en esta modalidad de
estudios.
Además de estas acciones, el GCM aspira a crear un Sistema Metropolitano de
Educación Media Superior, el cual se encargaría de coordinar los acuerdos y
acciones que tomen los subsistemas de bachillerato que operan en el DF, es
decir, el bachillerato público universitario, las modalidades de bachillerato
federal con presencia en la entidad, y las preparatorias particulares.
Entre los logros alcanzados por la enseñanza media superior del DF cabe
resaltar dos de ellos. Se ha alcanzado la máxima tasa bruta de cobertura del
país: cerca de 90 por ciento, cuando la tasa nacional ronda 60 por ciento. De
2000 a 2005 la oferta pública agregó más de 30 mil lugares, mientras que la
privada disminuyó 11 mil lugares.
Éstos son indicadores relevantes de crecimiento y distribución, aunque su
logro es adjudicable al conjunto de instituciones de bachillerato en la entidad
y no exclusivamente al desempeño del gobierno de la ciudad. Tras haber alcanzado
un nivel de cobertura muy importante, se presentan a la entidad dos retos
fundamentales: asegurar la universalización del acceso y avanzar hacia un nivel
de calidad académica satisfactorio.